Invertir en una vivienda de obra nueva requiere conocimiento sobre los derechos que protegen al comprador frente a defectos constructivos. La garantía de obra nueva regula los plazos y procedimientos para reclamar reparaciones y asegurar que la inversión esté protegida.
La Ley de Ordenación de la Edificación distingue tres niveles de cobertura: 10 años para defectos estructurales, como pilares, vigas, forjados y cimentación; 3 años para vicios de habitabilidad, que incluyen humedades, filtraciones, fallos en instalaciones eléctricas o de fontanería; y 1 año para defectos estéticos o de acabado, como pintura, carpintería o alicatado. Todos los plazos comienzan desde la entrega de la obra, no desde la compra, por lo que es esencial conservar actas y certificados.
Cuando se detecta un defecto, el propietario debe notificarlo al promotor o constructor mediante un medio fehaciente, como burofax o correo certificado. La comunicación debe incluir una descripción detallada del problema y la fecha de detección. Si la empresa no responde, se recomienda solicitar un informe técnico pericial que relacione el defecto con la construcción, y en caso necesario, acudir a la vía judicial.
Los desperfectos en zonas comunes deben ser gestionados por la comunidad de propietarios a través del presidente o administrador. Además, es fundamental demostrar el nexo causal, para asegurar que el defecto proviene de la construcción y no del uso o mantenimiento.
El comprador tiene dos años desde la detección del defecto para reclamar, incluso si el plazo general de garantía sigue activo. Conocer los plazos y procedimientos es crucial para proteger la inversión y evitar costes adicionales. En RK Red Oriol guiamos a los propietarios para que ejerzan sus derechos de manera efectiva, asegurando que cualquier problema se gestione de forma profesional, rápida y legal, permitiendo disfrutar de su vivienda nueva con tranquilidad y seguridad.
