A partir del 1 de julio de 2025, España aplicará una nueva normativa europea que regula los alquileres turísticos y de temporada. Esta iniciativa tiene como finalidad principal combatir el fraude, aumentar la transparencia y ordenar el cada vez más complejo sector del alquiler de corta duración. Mediante el Reglamento (UE) 2024/1028 y el Real Decreto 1312/2024, se exige que todos los inmuebles turísticos anunciados en plataformas donde se puedan formalizar reservas y pagos online estén debidamente registrados.
No será necesario este registro para quienes publiciten sus propiedades en portales de anuncios clasificados como Idealista, siempre que no se pueda concretar un contrato a distancia. Sin embargo, quienes operen a través de plataformas como Airbnb o Booking deberán contar obligatoriamente con un número oficial de registro para continuar alquilando de forma legal.
El trámite de inscripción se realiza mediante el nuevo Registro Único de Arrendamientos, creado por el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, mientras que la Ventanilla Única Digital facilita a los propietarios la gestión y seguimiento de sus solicitudes.
Para obtener el número de registro, los arrendadores deberán aportar datos como la referencia catastral, la dirección del inmueble y el tipo de alquiler (por habitaciones o vivienda completa). Esta medida también permite a las autoridades supervisar y garantizar el cumplimiento de la normativa local.
Desde RK Red Oriol aconsejamos a todos los propietarios que se informen y realicen el registro cuanto antes para evitar sanciones, que pueden ser elevadas e incluso conllevar la prohibición del uso turístico del inmueble.
Esta nueva regulación supone un cambio significativo en la gestión del alquiler vacacional. Aunque representa un requisito adicional para los arrendadores, también asegura un mercado más justo, legal y transparente para todos los involucrados. Es fundamental prepararse y adaptarse a este nuevo escenario.
